La disposición legal declarada “no con conforme con la Constitución, establece textualmente lo siguiente: “Si al momento de designar uno o más jueces del Tribunal Constitucional, el Consejo Nacional de la Magistratura lo(s) seleccionare de candidatos pertenecientes al servicio público, los mismos cesan temporalmente en sus funciones, a las cuales podrán reincorporarse una vez cumplido su perÃodo en este Tribunal”.
Agrega en un párrafo que “el tiempo de servicio en el Tribunal Constitucional será computable exclusivamente para los fines de retiro y pensión en sus respectivas carreras del servicio público”.
El TC acogió una acción directa de inconstitucionalidad incoada por la jueza Ysis Muñiz Almonte, presidenta de la Segunda Sala de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, quien solicitó la nulidad del artÃculo 138 de la Ley 138-11 por presuntamente vulnerar los artÃculos 39.1 y 151 de la Constitución, que consagran el derecho a la igualdad y la independencia del Poder Judicial.
El Constitucional ordenó que la decisión sea notificada, vÃa secretarÃa, a la procuradora general de la República, al Senado y a la accionante, Ysis Muñiz Almonte.
El dispositivo de la sentencia fue dado a conocer en el comunicado 10/22, publicado en la página web el 18 de abril, por lo que hay que esperar la sentencia Ãntegra para conocer las razones de la nulidad decretada por los jueces del TC.
Instancia
La acción directa de inconstitucionalidad fue interpuesta por la jueza
del Poder Judicial el 13 de junio del 2013, a través del abogado
Carlos Balcácer.
La accionante argumentó que el artÃculo 23 de la Ley 138-11, orgánica del CNM, del 21 de junio de 2011, viola los artÃculos 39.1 y 151 de la Constitución.
La acción estaba en estado de fallo desde el 26 de agosto de 2013, fecha en que fue conocida en audiencia pública.
PROTECCIÓN
Garantizar la Constitución
Misión.
El Tribunal Constitucional fue creado por la Constitución del 26 de
enero de 2010. Su misión es garantizar la supremacÃa de la Constitución,
la defensa del orden constitucional y la protección de los derechos
fundamentales.
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