El tribunal declaró culpables de violar las disposiciones de los artículos 265, 266, 379 del Código Penal y los artículos 66 párrafo quinto 67 de la Ley 631-16 para el Control y Regulación de Armas y Municiones, que tipifica respectivamente la asociación de malhechores y el robo agravado y el uso agravado de armas de fuego ilegales.
Jorge Luis Estrella y Eddy Manuel Segura deberán pagar una indemnización al banco Popular de cinco millones de pesos.
Asimismo, los imputados deberán cumplir prisión en el Centro de Corrección y Rehabilitación Najayo Hombres en la provincia San Cristóbal.
Por su parte, Alberto Ezequiel Estrella fue declarado no culpable, por lo que a jueza ordenó el cese de la medida de coerción que pesaba en su contra.
El abogado Waldo Paulino, quien representa a Jorge Luis Estrella, declaró que apelarán la condena ya que consideró que el tribunal tuvo contradicciones
“Le impusieron una pena de 20 años por un robo simple a la entidad bancaria, banco Popular y habíamos demostrado que habíamos refutado todos y cada uno de los testimonios de los testigos que corroboraban que no conocían a ninguno de los que atracaban porque estaban disfrazados”, dijo Paulino.
En tanto que, el Ministerio Público se mostró satisfecho con la condena, y que analizarán si apela la absolución de Alberto Ezequiel Estrella.
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